Solucionar un conflicto requiere diálogo

Artículo de Opinión de Arancha Espinosa Galindo, presidenta de la Unión de Arquitectos Peritos Forenses de España (UAPFE).

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Arancha Espinosa Galindo, presidenta de la Unión de Arquitectos Peritos Forenses de España (UAPFE).


El Día Europeo de la Mediación es un hito que conmemora la aprobación de la primera recomendación legislativa por el Consejo de Europa en 1998, promoviendo la resolución pacífica de conflictos a través de un profesional neutral. Desde esta fecha han pasado 28 años en los que muchos profesionales continúan trabajando por un objetivo: conseguir la resolución de los conflictos mediante el diálogo. Los distintos profesionales se han interesado en mejorar sus habilidades a través de su formación en estas materias. La Ley 5/2012 sobre la mediación en asuntos civiles y mercantiles, hace ya 14 años, ha sido la oportunidad que permitió a muchos formarnos y titularnos como mediadores, pues se reguló una ley sobre la mediación en España.

No obstante, el reconocimiento de la necesidad de incorporar cambios legislativos (importantes) sobre nuevas formas y métodos de resolución de conflictos llega de la mano de la LO 1/25 de Eficiencia Procesal. El colapso existente en los Juzgados es evidente, el sistema tradicional donde la sentencia pone fin al conflicto ha sido y es un sistema respetado por la ciudadanía, pero no es un sistema que permita solucionar, en todos los casos, el conflicto. Debemos reconocer que ha sido una ley valiente, que ha definido nuevos procedimientos para solucionar los conflictos con metodologías que introducen un profesional neutral, experto, como el mediador, entre otros, para fomentar la comunicación y el diálogo entre las partes en busca de un acuerdo dialogado a la solución del conflicto.

Consideramos positiva la inclusión de métodos adecuados de resolución de conflictos al proceso judicial, un profundo cambio que necesita un tiempo de adaptación. El requisito de procedibilidad supone un intento previo de utilización de medios alternativos en los órdenes civil y mercantil, afectando incluso a la imposición de costas; siendo uno de los factores más comentados. Es prematuro hacer un balance de lo que significa adaptarse a esta ley, ha sido una revolución incorporar este cambio gigantesco al proceso, la adaptación requiere de ajustes, aunque estamos todos de acuerdo en que los casos judicializados aún son muchos.

Los profesionales de la arquitectura no han sido ajenos a la importancia del diálogo en la solución de los conflictos. En nuestro sector los casos son complejos, los conflictos cuentan con numerosas partes y con distintos intereses. El Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) ha apostado, tras la propuesta presentada por la Unión de Arquitectos Peritos Forenses de España (UAPFE) por fomentar un “Plan estratégico sobre mediación”. La información y formación sobre la mediación y los Medios Alternativos de Solución de Conflictos (MACS) entre el colectivo se realizó antes, incluso, de ser regulados por la Ley 1/25 con varios cursos de formación de un gran éxito.

Los arquitectos apostamos por la prevención del conflicto; las habilidades adquiridas sobre comunicación, métodos y escucha social están permitiendo liderar nuestras actuaciones de forma diferenciada en conflictos existentes en el día a día de nuestro trabajo: ámbito de desarrollo de obras de edificación, trabajo en comunidades de vecinos, arquitectos municipales asesorando y previniendo conflictos municipales. En conclusión, pacificando situaciones sociales. Los arquitectos y las arquitectas profesionales del peritaje son expertos en el conflicto en arquitectura: conocemos e identificamos el problema encauzando muchas situaciones que solucionamos sin llegar al juzgado. Estas actuaciones son una forma de auxilio a la justicia. En los casos judicializados, tenemos la oportunidad de intervenir de forma extrajudicial, incorporando caminos hacia un posible acuerdo: proponiendo alternativas razonables para las partes que el resto de los operadores, en muchas ocasiones, aceptan, llegando a un acuerdo.

En el camino, todos siguen trabajando, pero el juego ha cambiado: unos expertos proponen alternativas, otros dan forma jurídica al acuerdo para su homologación, que tendrá el mismo valor que una sentencia. En el llamado sistema multipuerta se ofrece la libertad de seleccionar entre distintos métodos para resolver un conflicto, adaptado a la circunstancia concreta. La ciudadanía valora cada vez más una solución amistosa, ya que se acorta el tiempo del proceso; los empresarios acortan pérdidas por la incertidumbre de largas esperas y se puede participar de forma activa. Para los profesionales especializados se ha abierto un amplio campo de trabajo: la mediación, la conciliación privada, el arbitraje, la oferta confidencial vinculante, la opinión de experto no vinculante. La nueva ley abre al arquitecto un papel fundamental como conocedor del conflicto en el ámbito de la arquitectura y del urbanismo dentro y fuera del proceso judicial.

Dialoguemos. Siempre existe una zona de posible acuerdo ético y razonable

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