Por Fundación Abogacía
Paz y Justicia. Nada más. Solamente eso se propone conseguir el Objetivo 16 de la Agenda 2030. No se nos puede negar a los humanos una fe en nosotros mismos prácticamente ciega. Sin embargo, ¿qué esperanza de progreso podríamos tener sin ellas? “La paz es nuestra tarea política principal”, decía Kelsen en La Paz por Medio del Derecho, tras el destrozo de las dos Guerras Mundiales del siglo XX…
La ONU fija en su agenda para el Desarrollo Sostenible la necesidad de que los países logren conformar sociedades pacíficas, justas e inclusivas. Así se define ese Objetivo 16. Y detalla que la explotación de seres humanos, la violencia contra colectivos vulnerables y la corrupción y debilidad de las instituciones encargadas de proteger sus derechos, entre otras cuestiones, son lacras mundiales que amenazan nuestro futuro y obstaculizan nuestro progreso.
La ONU fija en su agenda para el Desarrollo Sostenible la necesidad de que los países logren conformar sociedades pacíficas, justas e inclusivas. Así se define ese Objetivo 16.
Son muchos y muy diferentes los frentes que abre este Objetivo, indudablemente, y numerosos los actores que deben participar con sus esfuerzos en los retos correspondientes. Sin embargo, parece evidente, al analizar más detenidamente las metas de este Objetivo, que, a pesar de la dispersión de temas indicados, los profesionales de la justicia están llamados a jugar un papel crucial en este ámbito. Los funcionarios y trabajadores de los tribunales que persiguen crímenes internacionales y violaciones de derechos humanos, o los que investigan crímenes transnacionales, como el tráfico de drogas o la trata de seres humanos, para empezar, tienen una responsabilidad crucial en este apartado.
De manera general, podemos decir que el fortalecimiento de las instituciones de la Justicia y el acceso real de los ciudadanos a sistemas de Justicia dignos constituyen de hecho el auténtico reto medular que da sentido a este Objetivo 16, hasta el punto de que el título de éste debería haber sido precisamente ése: “Acceso a la Justicia” ¿Cómo puede una sociedad ser pacífica y luchar contra la criminalidad si el sistema de Justicia funciona alejado de la ciudadanía, si sólo acceden a ella las personas con elevados recursos económicos, si la ley no ha previsto cómo pueden reclamar sus derechos los migrantes o los extranjeros, si las víctimas de delitos no encuentran en él el debido amparo, si es incomprensible o laberíntico para la ciudadanía? ¿Puede llegar a ser pacífica e inclusiva una sociedad que se muestra incapaz de garantizar sus derechos a la gente porque los tribunales no tienen los medios ni los profesionales necesarios? Tu derecho a la vivienda, a no ser discriminado por el origen nacional o étnico, o por tener una discapacidad, el derecho a expresar tus ideas y opiniones, el derecho de las mujeres a una vida sin violencia ni intimidación por el hecho de ser mujeres, el de un preso a no ser maltratado o torturado, el de recurrir a una doble instancia cuando se te acusa sin pruebas de haber cometido un delito… pueden depender exclusivamente de que tengas la posibilidad de acceder a un tribunal.
La asistencia jurídica gratuita a las personas sin recursos económicos suficientes es, además de una obligación moral, indispensable para la cohesión social y el desarrollo sostenible.
De manera particular, el hecho de que la gente con menos recursos económicos pueda acceder eficazmente a la Justicia es un elemento de paz social imprescindible, lamentablemente siempre infravalorado. La asistencia jurídica gratuita a las personas sin recursos económicos suficientes es, además de una obligación moral, indispensable para la cohesión social y el desarrollo sostenible. Aquí está, por tanto, el verdadero conjunto de metas del Objetivo 16: la promoción de instituciones fuertes para una justicia digna, imparcial e independiente, capaz de perseguir y sancionar los crímenes y las injusticias y, sobre todo, accesible para todas las personas que las necesitan. Porque en la mayoría de los países del mundo, al contrario, lo que observamos son presupuestos exiguos para los abogados del sistema de justicia gratuita, apoyo deficiente del servicio por parte de las Administraciones y el desconocimiento de su funcionamiento por parte de los beneficiarios potenciales, lo que les conduce a la exclusión legal y también social.
El Objetivo 16 de la Agenda 2030 de la ONU requiere mirar en la necesidad de dignificar en todo el mundo el acceso de los ciudadanos a la justicia, de garantizar la gratuidad del sistema para las personas con escasos recursos económicos y de invertir en la especialización de los defensores públicos (la abogacía de oficio) y en su formación en Derecho Internacional de los Derechos humanos y en Derecho Internacional Humanitario. Así se construye institucionalidad promotora de sociedades pacíficas e inclusivas.