Novedades relevantes y contexto sobre el Plan de Recuperación Europeo y Nacional

Breve repaso del contexto europeo y nacional de los Planes de recuperación La configuración y el desarrollo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno…

Breve repaso del contexto europeo y nacional de los Planes de recuperación


La configuración y el desarrollo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, así como el proceso para el suministro de los fondos europeos por parte de la Comisión Europea en el marco del instrumento
NextGenerationEU han tomado mayor concreción en las últimas semanas. 

Realizamos, a continuación, un breve repaso del contexto europeo y nacional de los Planes de recuperación para centrarnos, a continuación, en las principales novedades.

 

CONTEXTO DEL PLAN EUROPEO DE RECUPERACIÓN 

En primer lugar, hay que considerar el marco financiero plurianual 2021-2027 de la Unión Europea que ascenderá a 1,8 billones de euros. Contenido en este marco, la Comisión Europea introduce el pilar NextGenerationEU que define como un instrumento temporal de recuperación dotado con 750.000 millones de euros que contribuirá a reparar los daños económicos y sociales inmediatos causados por la pandemia de coronavirus. 

Cabe señalar que este instrumento solo está dedicado para reformas e inversiones. El objetivo es que después del COVID-19 Europa sea más ecológica, más digital, más resiliente y mejor adaptada a los retos actuales y futuros. 

El elemento central del instrumento NextGenerationEU es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que está dotado en 672.500 millones de euros de los cuales 360.000 serán en préstamos, y 312.500 en forma de subvenciones

Los otros elementos que conforma el instrumento son REACT-UE (47.500 M€); Horizonte Europa (5.000 M€); InvestEU (5.600 M€); Desarrollo Rural (7.500 M€); Fondos de Transición Justa (10.000 M€); RescEU (1.900 M€): Todos ellos suman los restantes 77.500 millones y responden a distintos objetivos más focalizados en la cohesión territorial, la digitalización y la sostenibilidad.

En cuanto a los flagships o áreas principales sobre los que la Comisión Europea anima a implementar reformas son siete: Tecnologías limpias y renovables; Eficiencia energética de los edificios; Estaciones de carga y transportes sostenibles; Despliegue de servicios rápidos de banda ancha; Digitalización de la administración pública; Capacidades de nubes de datos y procesadores sostenibles; Educación y formación para apoyar las habilidades digitales.

Además, los planes de recuperación de cada país deberán incluir reformas en el marco de las recomendaciones que emite la Comisión Europea en el Semestre Europeo. Y, en todo caso, se establece que los Estados miembros han de destinar el concretamente el 37% de los fondos a la transición verde y el 20% a la transición digital.

 

CONTEXTO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE ESPAÑA

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España se compone de cuatro directrices fundamentales: transición verde, transición digital, igualdad, y cohesión territorial y social. A su vez, se compone de diez políticas palanca que abarcan ámbitos generales de reforma en conjunto, y 30 fichas o componentes principales de reforma asociados. 

Para ejecutar el Plan de recuperación nacional, España recibirá 150.000 millones de euros del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de los cuáles, 79.500 serán en forma de subvenciones, y 70.000 millones en forma de préstamos.

 

ÁMBITO EUROPEO: ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO DEL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA 

Entre las principales novedades en el ámbito europeo, destaca la entrada en vigor el 19 de febrero del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, fecha a partir de la cual los Estados miembros podrán remitir sus planes de reformas e inversiones hasta antes del 30 de abril del 2021. 

Este reglamento fue publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 18 de febrero, tras ser aprobado por el Parlamento Europeo el 10 de febrero, y adoptado por el Consejo Europeo el 11 de febrero después un curso de desarrollo que se remonta a mediados del 2020.

Además, los Estados miembros cuentan desde el 22 de enero con la actualización del documento de Orientaciones para los Estados miembros sobre cómo desarrollar los planes de recuperación elaborado bajo los parámetros del Reglamento citado, y en el que destaca, entre otros consejos, la aplicación de reformas para mejorar la calidad institucional o para reforzar el mercado único eliminando obstáculos y mejorando la vigilancia del mercado para facilitar el desarrollo de las pymes. 

 

ÁMBITO NACIONAL: PREVISIÓN DE ENVÍO DEL PLAN DE REFORMAS Y RENDICIÓN DE CUENTAS EN LA COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA DE LAS CORTES GENERALES

En la esfera nacional, se informa de que el Gobierno está en conversaciones con las autoridades europeas para perfilar aún más su Plan de recuperación cuya versión primaria fue publicada el 7 de octubre del 2020. Entre las reformas que se discuten, que ascenderían a 170, sobresalen la del mercado laboral y las pensiones. Si bien, hasta el momento no ha trascendido mayor detalle sobre las restantes, que estarán relacionadas con las 10 políticas tractoras y 30 proyectos asociados presentadas en la citada versión primaria del plan de recuperación. Además, las reformas deberán tener en cuenta las recomendaciones contenidas en el contexto de los Semestres Europeos.

El Gobierno espera que durante el mes de marzo, o incluso el día 31 de ese mes, pueda cerrar con Bruselas la negociación sobre el plan y entonces llevarlo al Congreso de los Diputados para informar sobre ello. 

También se prevé que en la última semana de febrero, la ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, comparezca en la Comisión Mixta para la Unión Europea de las Cortes Generales con objeto de dar cuenta sobre los avances de la negociación con la Comisión Europea. Se espera que la rendición de cuentas en esta Comisión sea trimestral.

 

CALENDARIO PRINCIPAL PARA EL SUMINISTRO DE LOS FONDOS

Como se ha descrito, en el calendario que la Comisión Europea ha establecido que los Estados miembros tienen de plazo máximo para presentar sus planes de reformas e inversiones hasta antes del 30 de abril del 2021. Si bien, desde el 19 de febrero se podrán realizar los primeros envíos pues es cuando entra en vigor el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Una vez enviados dichos planes, la Comisión Europea los evaluará en el plazo de los dos meses siguientes cuyo proceso se podrá extender hasta el 30 de junio si se envían justo antes del 30 de abril. Los criterios y condiciones para la evaluación de los planes de recuperación se recogen en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. 

Después, el Consejo Europeo tendrá la tarea de aprobar los planes de recuperación en el mes siguiente, es decir, hasta el 31 de julio. 

A continuación, en el trascurso de los dos meses siguientes hasta el 30 de septiembre como límite, los países recibirán el primer anticipo, un 13% de los fondos que tengan destinados. En el caso de España esta cuantía estará alrededor de los 9.000 millones de euros.

Respecto a los desembolsos posteriores los Estados miembros primero habrán de cumplir con los primeros hitos y objetivos acordados, y después podrán proceder a nuevas solicitudes de los fondos asignados, aunque lo podrán hacer dos veces al año. En cada nueva solicitud la Comisión Europea hará una evaluación preliminar y una vez que lo consulte con el Comité de expertos se procederá al nuevo desembolso.

Entretanto, cada Estado miembro deberá aprobar en sus parlamentos nacionales que la Comisión Europea pueda pedir prestados los 800.000 millones de euros vinculados al NextGenerationEU en los mercados para el nuevo techo presupuestario comunitario.

 

GOBERNANZA Y PARTICIPACIÓN EN EL PLAN NACIONAL DE RECUPERACIÓN

Como es conocido, la gobernanza y participación en el Plan de Recuperación de nuestro país se realizará según el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En cuanto  a la gobernanza, conforme al artículo 14 se establece la Comisión para la Recuperación, Transformación y Resiliencia que estará conformada por el presidente del Gobierno, que la presidirá; las vicepresidencias y vicepresidente del Gobierno; las ministras y ministros del Gobierno; la secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa; la secretaria de Estado de Hacienda; la secretaria de Estado Presupuestos y Gastos; el secretario de Estado de Derechos Sociales; la autoridad responsable del mecanismo para la Recuperación y Resiliencia conforme al artículo 20 del presente real decreto-ley; y el responsable del Departamento de Asuntos Económicos y G20 del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, que ejercerá las funciones de secretario de la Comisión.

Sobre la participación en el desarrollo del Plan destacan dos fórmulas: por un lado, a través de los Foros de participación y Grupos de alto nivel, referidos en el artículo 17, que serán creados o impulsados por los distintos ministerios con ánimo de establecer diálogo y recibir orientaciones o recomendaciones en la consecución de los objetivos y la generación de sinergias.

Otra fórmula es mediante la Participación social, recogida en el artículo 18, que es un foro específico para favorecer el diálogo social con las organizaciones empresariales y los sindicatos sobre el plan nacional de recuperación.

 

PROCESO Y EJECUCIÓN DEL PLAN NACIONAL DE RECUPERACIÓN: A PARTIR DE MARZO O ABRIL 

En España, se espera que las primeras convocatorias de ayudas, subvenciones, licitaciones y convocatorias relativas al Plan de recuperación comiencen entre marzo y abril. Unas medidas que serían con cargo a los fondos europeos, y también ordinarios de los Presupuestos Generales del Estado, puesto que el Gobierno dotó una partida de 27.000 millones que sería después cubierta con las entregas de fondos que se irán sucediendo desde la Comisión Europea.

Igualmente, se prevé que el Estado gestione el 45% de los fondos europeos, las Comunidades Autónomas el 50% y las administraciones locales el 5%. En este sentido, el Ministerio de Hacienda junto con las Comunidades Autónomas abordan en estas semanas cómo concretar el reparto de los fondos, el lanzamiento de dichas convocatorias y las ventanillas de acceso en cada región sobre este asunto.

Mientras, otra figura relevante son las Manifestaciones de Interés (MDI) que están siendo articuladas por algunos ministerios con objeto de visibilizar frente a las instituciones europeas como se hace partícipe al sector privado en la propuesta de ideas, así como en la identificación de áreas de inversión y posibles Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTES). Cabe señalar que las MDI no implican ni restan ningún derecho adicional, ni tampoco implican ninguna asignación de fondos previa.

Una información sobre la que hay amplio detalle en el portal CEOExEuropa de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) con la que mantenemos relación institucional. 

 

SOBRE LA COLABORACIÓN PÚBLICO-PRIVADA EN EL PLAN DE RECUPERACIÓN NACIONAL

Por su parte, para la implementación y puesta en marcha de los proyectos y acciones enmarcadas en el plan nacional de recuperación se ponen a disposición varias figuras en el Real Decreto-ley sobre la ejecución del plan de recuperación. Entre ellas, los convenios, recogidos en el artículo 59, entre la Administración General del Estado y las entidades de derecho público, vinculadas o dependientes.

También aparece en el artículo 67 la figura de las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, pública o privadas sin personalidad para poder ser beneficiaras de los fondos. Los consorcios es otro mecanismo en el artículo 68 que también será considerado para poder ejecutar proyectos. 

Igualmente, la figura de la sociedad de economía mixta, artículo 69, es una de las que más ha llamado la atención para la ejecución de un contrato de concesión de obras o de servicios por una entidad privada relativo a un proyecto del plan de recuperación. Si bien, requiere que el capital público en ellas sea al menos el 51% y, en definitiva, que sean conforme a lo marcado en la Ley de Contratos del Sector Público del 2017.  

En otro plano de la colaboración público-privada hay que señalar los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) descritos en el artículo 8. Se trata de proyectos de carácter estratégico con gran capacidad de arrastre para el crecimiento económico, el empleo y la competitividad que serán configurados y declarados por Acuerdo del Consejo de Ministros. Todo apunta a que serán proyectos muy vinculados con el desarrollo tecnológico.

Los PERTE vendrán acompañados por una memoria explicativa que contendrá su planificación, el tipo de colaboración público-privada proyectada, y los requisitos para identificar a los posibles interesados. Igualmente, cuando proceda se apuntará su vínculo con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

GRUPO DE TRABAJO DE UNIÓN PROFESIONAL SOBRE EL PLAN DE RECUPERACIÓN EUROPEO Y NACIONAL 

El 24 de noviembre del 2020 la Asamblea General de Unión Profesional convino la creación de un nuevo Grupo de Trabajo en relación al Plan de Recuperación Europeo y su desarrollo en España a partir del Plan Nacional para la recuperación, transformación y resiliencia.

El Grupo de Trabajo fue puesto en marcha el 20 de enero y entre sus principales cometidos está realizar un seguimiento técnico, ahondar en el papel de las profesiones y sus organizaciones representativas en relación con los fondos, trabajar en guías y bases comunes y profundizar en el papel que desde Unión Profesional pueda realizarse en esta materia. Para ello, la interlocución con las autoridades competentes será fundamental.

Asimismo, se recuerda que al resto de miembros de Unión Profesional que quieran formar parte de este Grupo de Trabajo nos lo comunique. Le recordamos que todos los Grupos de Trabajo de Unión Profesional están abiertos al común de sus asociados, por lo que en cualquier momento pueden manifestar su deseo de participar en cualquiera de ellos.