Sobre colegios profesionales

La Constitución Española reconoce en su artículo 36 a los Colegios Profesionales, estos, a su vez, están regulados por la Ley 2/1974, de 13 de febrero.…

La Constitución Española reconoce en su artículo 36 a los Colegios Profesionales, estos, a su vez, están regulados por la Ley 2/1974, de 13 de febrero. Las corporaciones colegiales tienen entre sus funciones velar por el cumplimiento de los derechos fundamentales, preservando el interés general y teniendo como fin último garantizar la calidad del servicio prestado. Unión Profesional aglutina a 35 Consejos Generales y Superiores y Colegios Profesionales de ámbito estatal. Actualmente, están representados el sector jurídico, económico, sanitario, social, docente, ingenierías, arquitecturas y ciencia. Su principal función se orienta a la defensa e impulso de los valores comunes de las profesiones colegiadas, desde la cooperación y la transversalidad, siendo a su vez el medio a través del que poder trasladar acciones conjuntas a los poderes públicos.

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