Reflexiones en torno a la deontología profesional y su aplicación práctica

Taller organizado por Unión Profesional en colaboración con Wolters Kluwer Formación De la mano de Hilda Garrido Suárez, Doctora en Derecho y miembro asociada del Instituto…

Taller organizado por Unión Profesional en colaboración con Wolters Kluwer Formación

De la mano de Hilda Garrido Suárez, Doctora en Derecho y miembro asociada del Instituto en Derechos Humanos “Gregorio Peces Barba” de la Universidad Carlos III de Madrid, el día 21 de julio tenía lugar el taller Reflexiones en torno a la deontología profesional y su aplicación práctica, organizado por Unión Profesional en colaboración con Wolters Kluwer Formación.

Vinculado al webinar celebrado el 15 de junio bajo el título Deontología profesional: garantía para la ciudadanía, estas dos entidades se unieron de nuevo para profundizar sobre la «gran piedra angular de los colegios profesionales», tal y como comenzaba la doctora Hilda Garrido su intervención en este taller divulgativo y práctico que congregó a más de cuarenta profesionales en relación actual con las corporaciones colegiales, a quienes iba dirigido dicha formación online, de los diferentes ámbitos profesionales aunados en Unión Profesional.

 

Hilda Garrido, para quien el concepto ’profesional’ mantiene características específicas como la vocación, la confianza social o el servicio de bienes esenciales, «de difícil restitución», necesita del apoyo de un código deontológico.

 

Durante dos horas, la experta en Filosofía del Derecho quiso detenerse en el marco conceptual (profesión, deontología y colegio profesional), la función deontológica ejercida por los colegios profesionales como atribución legal, el contenido fundamental del código deontológico, documento que debe «adaptarse a cada una de las profesiones, como un traje a medida», así como la existencia ineludible en el mismo de un «procedimiento disciplinario».

Garrido, para quien el concepto ’profesional’ mantiene características específicas como la vocación, la confianza social o el servicio de bienes esenciales, «de difícil restitución», necesita del apoyo de un código deontológico. Este contendrá tanto la regulación del ejercicio profesional como la pertenencia a la corporación profesional, teniendo siempre en cuenta que se trata de una «corporación de derecho público», con el mantenimiento de algunos fines privados; es precisamente a través de la garantía de derecho público que descansa la aprobación del código deontológico, especialmente la vertiente de su potestad disciplinaria.

 

FUNCIÓN DEONTOLÓGICA

«La deontología, que regula al profesional, debe proteger al sujeto de la actividad profesional», hacía hincapié Hilda Garrido en la segunda parte de este seminario online. Así, siendo los colegios profesionales los encargados de defender los intereses de los profesionales, a la misma vez,  «protegen al ciudadano como consumidor/usuario».

Además, la función deontológica ejercida por estas corporaciones viene atribuida por la ley de los colegios profesionales en su primer artículo: «ordenación del ejercicio profesional; representación institucional; defensa de los intereses profesionales de los colegiados; protección de los intereses de los consumidores y usuarios», así como en su artículo 5 (i): «Ordenar en el ámbito de su competencia, la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los particulares y ejercer la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial».

La función deontológica responde entonces, a un control (ex ante y ex post) de la actividad profesional; esto es, según apuntó en el taller práctico Hilda Garrido «respondiendo a tres principios: tipicidad, legalidad y publicidad por parte del control ex ante y a través de la sanción de las conductas de aquellos colegiados y colegiadas que hayan infringido el código deontológico, por parte del control ex post».

 

WORK IN PROGRESS

Muy participado, la organización de este taller por parte de UP y Wolters Kluwer (WK) permitió continuar con el cumplimiento del objetivo señalado por Alicia Calderón Corvillo, coordinadora de servicios formativos de WK en la presentación de este seminario: «la implicación de ambas entidades en la formación sobre deontología profesional», enmarcado en el acuerdo firmado en el año 2018, una alianza mediante la cual las y los profesionales colegiados pueden potenciar sus habilidades e implementar así su desarrollo profesional.

 

Enlaces de interés:

 

>> Función deontológica (Vídeo).

>> Estudio UP sobre Deontología.

>> Enlace cuadernillo ‘Deontología Profesional’.